SCJN avala incluir delitos graves en antecedentes penales aun tras cumplir condena
México
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional incluir en las constancias de antecedentes penales la referencia a delitos graves, incluso cuando la persona haya cumplido su pena. La determinación no aplica para delitos no graves, cuyos registros sí pueden cancelarse.
El fallo, aprobado por seis votos contra tres a partir de un proyecto del ministro Arístides Guerrero García, sostuvo que la distinción es objetiva y razonable, al apoyarse en el catálogo de delitos graves previsto en el artículo 19 constitucional. La mayoría consideró que la medida no vulnera los derechos a la igualdad y a la no discriminación.
La decisión generó un debate interno. En la postura minoritaria, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz advirtió que la norma impacta el derecho a la reinserción social, particularmente al momento de buscar empleo, al perpetuar un estigma pese al cumplimiento de la condena. En la misma línea votaron el ministro Giovanni Figueroa Mejía y la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien calificó la disposición como un mecanismo de exclusión y estigmatización desproporcionado.
El asunto llegó al máximo tribunal a partir de un amparo promovido contra el artículo 27, fracción V, inciso g), de la Ley Nacional de Ejecución Penal, que permite cancelar antecedentes sólo por delitos no graves. El quejoso impugnó la norma luego de que se le negara un empleo en una empresa de seguridad al constar que había purgado seis años de prisión por violaciones a la Ley General de Población, tras ser detenido en 2005 por el traslado ilegal de migrantes.
La Corte negó el amparo. El ministro ponente argumentó que las constancias de antecedentes penales cumplen cuatro finalidades con respaldo constitucional: investigación criminal, ejercicio de derechos o cumplimiento de deberes, requisitos legales para determinados empleos y efectos constitucionales. Subrayó que su expedición por delitos graves no implica, por sí misma, una prohibición para trabajar.
El caso ya había sido revisado por la anterior integración de la Primera Sala en agosto de 2025, cuando se propuso declarar inconstitucional la norma. Aquella iniciativa fue desechada y el expediente regresó al Pleno para una nueva resolución, que ahora fija el criterio vigente.
Fuente: La Jornada
Resumen y contexto
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SCJN avala incluir delitos graves en antecedentes penales aun tras cumplir condena México El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional incluir en las constancias de antecedentes penales la referencia a delitos graves, incluso cuando la persona haya cumplido su pena. La determinación no aplica para delitos no graves, cuyos registros sí pueden cancelarse. El fallo, aprobado por seis votos contra tres a partir de un proyecto del ministro Arístides Guerrero García, sostuvo que la distinción es objetiva y razonable, al apoyarse…












