México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que será el Senado de la República quien se encargue de la insaculación de las candidaturas para el Comité de Evaluación del Poder Judicial, luego de que dicho Comité se negara a reanudar el proceso de selección establecido por el órgano jurisdiccional.
La resolución, que se tomó a partir de la propuesta de la magistrada presidenta Mónica Soto, fue aprobada por los magistrados Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes en sesión privada.
El fallo obliga a la Mesa Directiva del Senado a emitir, dentro de un plazo inmediato a partir de la notificación de la sentencia, los acuerdos, medidas y lineamientos necesarios para llevar a cabo la insaculación pública de los cargos para los cuales existan más postulantes que el número de duplas o ternas correspondientes.
En caso de que haya solo una candidatura por puesto, esta se incluirá directamente en la boleta electoral.
La resolución también señala que, dadas las circunstancias, no se procederá con el proceso de evaluación de idoneidad de los aspirantes, como originalmente estaba previsto.
El procedimiento de insaculación será realizado de forma continua, pública y transparente, con el objetivo de generar listas de ternas y duplas que serán presentadas al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Este procedimiento deberá ajustarse al número de postulaciones por cargo, respetando la especialidad de cada puesto y la paridad de género.
Según la sentencia, la Mesa Directiva del Senado deberá remitir los listados de ternas y duplas a la SCJN a más tardar el 4 de febrero de 2025, para su aprobación antes del 6 de febrero. En caso de que la SCJN no apruebe dichos listados, se considerará que ha operado la afirmativa ficta, lo que permitirá que la Mesa Directiva del Senado envíe las candidaturas directamente al Instituto Nacional Electoral (INE) para continuar con el proceso de selección.
Además, el proyecto incluye que la SCJN ha otorgado medidas cautelares a los miembros del Comité Evaluador, para evitar sanciones por el incumplimiento de su mandato. Estas medidas tienen como finalidad prevenir la imposición de sanciones, pero no afectan la continuidad del proceso electoral ni la facultad del TEPJF para resolver los asuntos que le competen.
Fuente: El Universal