Presidente Noboa anula decretos de indulto presidencial y establece nuevas condiciones

 

Ecuador

Este miércoles 22 de enero de 2025, el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 511, el cual regula el uso de los indultos presidenciales, una facultad contemplada en la Constitución de 2008.

El artículo 1 de este nuevo decreto anula cinco decretos ejecutivos emitidos durante el gobierno de Guillermo Lasso: 264, 265, 355, 816 y 949, correspondientes a fechas clave entre noviembre de 2021 y noviembre de 2023. Estos decretos otorgaron indultos a personas privadas de libertad bajo diversas circunstancias, como enfermedades graves o violaciones menores como contravenciones de tránsito.

La derogatoria de Noboa no afecta a aquellos presos que, conforme a los decretos previos, cumplieron los requisitos legales establecidos hasta la fecha de emisión de estos decretos. Sin embargo, establece que los servidores públicos que facilitaron la liberación de personas fuera de los parámetros establecidos en dichos decretos estarán sujetos a responsabilidades administrativas y penales.

En el artículo 3, Noboa aclara que los futuros indultos serán tratados de manera individualizada, conforme a la Constitución y la legislación vigente. Según el artículo 147 de la Constitución de Ecuador, el presidente tiene la facultad de indultar, conmutar o reducir penas, siempre en conformidad con la ley. Además, el artículo 74 del Código Orgánico Integral Penal permite al presidente conceder indultos a quienes hayan mostrado buena conducta después de haber cometido un delito.

Este cambio en la política de indultos refleja el enfoque más riguroso del gobierno actual en cuanto a la concesión de libertades a personas privadas de libertad, manteniendo un control más estricto sobre los procesos.

Fuente: Primicias

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