Ecuador
La Corte Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad de la llamada "Ley Antipillos", impulsada por el presidente Daniel Noboa como Decreto-Ley pese a que la Asamblea Nacional había decidido archivarla. La acción pública de inconstitucionalidad fue presentada por la presidenta del Legislativo, Viviana Veloz (RC).
La resolución, anunciada este viernes 24 de enero de 2025, pone fin al conflicto entre el Ejecutivo y el Legislativo sobre la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos.
Este proyecto legislativo proponía medidas como un impuesto para la compra-venta de vehículos usados, la reestructuración de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y cambios en la regulación de sociedades anónimas vinculadas al fútbol.
En su fallo unánime, el Pleno de la Corte concluyó que la Asamblea Nacional actuó dentro de sus competencias al archivar el proyecto durante el primer debate, señalando que "no existe una obligación constitucional de someter todo proyecto a un segundo debate".
Además, la Corte determinó que el presidente Noboa no tenía facultades para promulgar la norma ni ordenarla para su publicación en el Registro Oficial tras la decisión del Parlamento.
El fallo establece que la "Ley Antipillos" es inconstitucional por vicios de forma que no pueden subsanarse, por lo que será retirada del ordenamiento jurídico. Sin embargo, la Corte aclaró que el presidente de la República conserva su facultad de presentar un nuevo proyecto legislativo si lo considera necesario.
Con esta resolución, se reafirma la potestad del Legislativo para detener proyectos de ley que no cuenten con su aprobación, marcando un precedente importante en el equilibrio de poderes.
Fuente: Primicias