En un comunicado emitido el 31 de diciembre de 2024, la bancada de ADN afirmó que ni el presidente Daniel Noboa ni los asambleístas están obligados a solicitar licencia para participar en la campaña electoral de febrero de 2025.
Esta postura se basa en la interpretación del artículo 93 del Código de la Democracia y una sentencia de la Corte Constitucional, que establece que la licencia solo es obligatoria para los funcionarios que busquen reelección inmediata en el mismo cargo. La sentencia también aclara que los períodos derivados de una "muerte cruzada", cuando un presidente disuelve la Asamblea, no se consideran intentos de reelección, sino que tienen como fin completar el período anterior.
El CNE aún no se ha pronunciado sobre si el presidente Noboa debe pedir licencia para la campaña. ADN sostiene que esta decisión depende exclusivamente del mandatario, quien podría delegar temporalmente sus funciones o continuar ejerciéndolas mientras realiza actividades proselitistas.
Además, no está claro si los asambleístas oficialistas planean acogerse a la licencia sin sueldo mencionada en el artículo 93. La Asamblea tampoco ha hecho pública una lista de los legisladores que hayan solicitado este permiso, cuyo plazo venció el 28 de diciembre de 2024.
El oficialismo atribuye la presión para exigir la licencia obligatoria a sectores de la oposición, en especial al correísmo, acusando un intento de obstaculizar la campaña de Noboa.
Fuente: El Comercio