La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó de manera urgente una iniciativa de ley presentada por el presidente Daniel Ortega, que prohíbe completamente el uso de drones, tanto aéreos como navales y terrestres, en el país.
La propuesta, denominada “Ley para la Regulación y Empleo de Medios Aéreos, Navales y Terrestres No Tripulados”, fue presentada al Parlamento el miércoles 10 de diciembre de 2024. Durante una sesión especial celebrada esa misma tarde en el municipio de Cárdenas, en el departamento de Rivas, fronterizo con Costa Rica, los diputados, en su mayoría del oficialista Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), aprobaron la ley por mayoría.
El texto de la legislación establece un plazo de 30 días para que los propietarios de drones los entreguen al Ministerio del Interior (Mint), que será la entidad encargada de aplicar la nueva normativa. En caso de no cumplir con la entrega, se enfrentarán a sanciones administrativas o judiciales, según se especifica en el artículo 9 de la ley.
Asimismo, se exige que la Dirección General de Servicios Aduaneros proporcione al Mint, en un plazo de 30 días, la información sobre todos los drones, así como los medios aéreos, navales y terrestres que hayan ingresado al país a través de Aduanas.
Según la ley, solo la Presidencia de la República podrá autorizar el ingreso y el uso de drones, los cuales podrán ser utilizados exclusivamente con fines científicos, siempre que contribuyan al desarrollo económico, social y humano de Nicaragua. Las fuerzas armadas y la policía nacional, así como el Ministerio del Interior, estarán facultados para emplear estos medios con fines de seguridad y defensa nacional.
Por otro lado, la legislación establece una estricta prohibición de vuelos de drones sobre áreas sensibles, como la Presidencia de la República, las sedes de los órganos del Estado, las instalaciones del Ejército y la Policía Nacional, así como el Ministerio del Interior y sus dependencias.
En la justificación de la medida, Ortega argumentó que los drones representan una amenaza para la paz, la soberanía y la integridad territorial de Nicaragua. Según el presidente, el uso de estos medios no tripulados pone en riesgo la independencia y la autodeterminación del país.
Gustavo Porras, presidente de la Asamblea Nacional y uno de los diputados sancionados internacionalmente, destacó que la ley tiene como objetivo "regular los drones" y garantizar la protección de la revolución y la sociedad nicaragüense.
El Ministerio del Interior será la principal autoridad encargada de aplicar la ley, en coordinación con la Policía Nacional, el Ejército, el Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC) y la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transporte e Infraestructura. La ley también especifica que el Mint entregará al Ejército los drones ocupados que hayan sido incautados por contravenir la normativa.
La nueva ley establece sanciones penales o administrativas para aquellos que no entreguen los drones, aunque no se especifican detalles sobre las penas. Esta medida se suma a las restricciones previas que, en 2014, limitaron el uso de drones a 30 metros de altura y 30 metros de distancia horizontal, mientras que en 2012 se prohibió su importación, comercialización y uso en el país, salvo para una empresa china que obtuvo autorización para vender drones en Nicaragua.
Fuente: Confidencial