En una sesión celebrada este miércoles, el Senado de la República aprobó de manera unánime, en segunda lectura, la reforma a la Ley 1-24, que establece la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). Esta modificación fue reintroducida para subsanar algunos fallos previos que afectaban la libertad de prensa y podían generar intimidación hacia las personas.
El proyecto, presentado por el Poder Ejecutivo y aprobado la semana pasada en primera lectura, recibió el apoyo total de los 24 senadores presentes.
La Dirección Nacional de Inteligencia se había concebido como un organismo dependiente del presidente de la República, con la misión de realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia para proteger la seguridad nacional y enfrentar posibles amenazas.
Una de las modificaciones más relevantes estipula que los agentes de la DNI no podrán llevar a cabo procedimientos especiales para obtener información que puedan comprometer el secreto de las fuentes de los periodistas, conforme a la Ley 10-91 que establece el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP).
La reforma también propone cambios en varios artículos clave de la Ley 1-24, como los artículos 1, 2, 9, 10, 11, 26 y 32, con el fin de aclarar y especificar la adecuación constitucional de la normativa. Además, plantea la unificación de los artículos 1 y 2 para definir de manera precisa términos cruciales relacionados con la ley, tales como "inteligencia", "inteligencia estratégica", "inteligencia militar", "inteligencia delictiva", "fuentes abiertas" y "fuentes cerradas".
El artículo 11 se ajustará para reforzar las garantías respecto a la obtención de información de fuentes cerradas, estableciendo que cualquier procedimiento que limite derechos constitucionales deberá contar con la autorización de un juez.
El proyecto ahora pasará a la Cámara de Diputados, donde continuará el proceso legislativo antes de ser remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación por parte del presidente Luis Abinader.
Fuente: Diario Libre