Paraguay
El presidente de la República, Santiago Peña, ha emitido un decreto (número 2698) en el que objeta parcialmente el proyecto de ley 7357, el cual modifica los artículos 7 y 11 de la Ley 5444/2015 sobre la promoción del consumo de alcohol absoluto y alcohol carburante, previamente aprobado por el Congreso Nacional.
La iniciativa legislativa fue impulsada por un grupo de senadores, entre ellos Lizarella Valiente, Antonio Barrios, Luis Pettengill, Gustavo Leite, Natalicio Chase, Patrick Kemper y Zenaida Delgado.
Peña ha cuestionado en particular el artículo 1°, que modifica el artículo 11 de la ley original, aunque no ha presentado objeciones a los cambios en el artículo 7. También se ha objetado el artículo 3°, de acuerdo con los argumentos planteados en el decreto.
Con esta objeción, el proyecto de ley 7337/2024 regresa al Congreso Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 208 de la Constitución Nacional.
El decreto señala que el proyecto sancionado presenta diversas complicaciones de índole técnica y jurídica, como lo han indicado distintos dictámenes de organismos públicos especializados en el tema. “Después de un análisis exhaustivo de la propuesta legislativa, el Poder Ejecutivo ha encontrado justificaciones para formular una objeción parcial, en específico al apartado del artículo 1 que propone una nueva redacción del artículo 11 y al artículo 3°", se menciona en el documento.
El artículo 1° de la iniciativa propone, entre otros aspectos, modificar el artículo 7° de la ley, que no plantea objeciones, pero busca establecer la obligación para los Organismos y Entidades del Estado (OEE) de adquirir vehículos livianos y utilitarios con tecnología flex fuel o E85 (Etanol 85%), con el objetivo de que para el año 2028 al menos el 50% de su flota automotriz cumpla con esta normativa.
El documento también señala que Petróleos del Paraguay (Petropar) apoya la objeción, argumentando que actualmente opera 264 estaciones de servicio con un número limitado de tanques subterráneos. Si se requería almacenar y comercializar combustible Flex E85, las estaciones tendrían que realizar costosas adaptaciones a su infraestructura, lo que podría afectar negativamente su capacidad comercial.
"Para cumplir con lo estipulado en la ley, es probable que las estaciones de servicio deban reducir su oferta de combustibles más solicitados, lo que podría llevar a una inviabilidad comercial, afectando tanto a los operadores como a Petropar y al público en general", detalla el decreto.
Recientemente, en una sesión ordinaria, la Cámara de Senadores aprobó las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley. El senador Patrick Kemper había explicado que la versión del Senado establecía un contenido mínimo del 35% de alcohol anhidro para el año 2030, aunque la propuesta revisada permite al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) ajustar ese porcentaje según condiciones climáticas u otros factores que influyan en la oferta de alcohol.
Por último, el capítulo de infracciones y sanciones de la propuesta no sufrió modificaciones significativas.
Fuente: Última Hora