Nueva ley en Costa Rica, impulsada por el legislador Alejandro Pacheco, sanciona a funcionarios que nieguen información pública

 
Costa Rica

En una reciente sesión legislativa, los diputados aprobaron una nueva ley que impone sanciones a los funcionarios que incumplan con su deber de proporcionar información pública solicitada por los ciudadanos. Las penalizaciones van desde amonestaciones hasta suspensiones laborales de entre 3 y 5 días sin salario.

La Ley Marco de Acceso a la Información Pública, la primera de su tipo en Costa Rica, fue propuesta por el legislador socialcristiano Alejandro Pacheco y recibió el visto bueno en dos debates en el plenario. Para que la ley entre en vigor, debe ser firmada por el presidente Rodrigo Chaves.

Esta legislación contempla un apercibimiento verbal por la primera infracción, mientras que cualquier caso de discriminación conllevará una amonestación por escrito. Además, establece una suspensión de tres días sin goce de salario si un funcionario acumula cuatro o más infracciones en un año, así como suspensiones de entre tres y cinco días por faltas graves que afecten derechos legítimos o el interés público.

Se consideran faltas graves aquellas que afectan los derechos o intereses legítimos del solicitante, causando daños a su persona, propiedad o intereses morales, así como aquellas que comprometen el interés público o la seguridad.

La nueva ley garantiza varios derechos a quienes solicitan información pública, ya sea de manera verbal o escrita. Entre estos, se incluye el derecho a ser informado sobre la existencia de los documentos solicitados. Si los documentos están en poder de la entidad receptora, el solicitante tiene derecho a recibir la información de manera oportuna. Si la solicitud es denegada, puede impugnar la decisión a través de un recurso de amparo, según lo establecido en el artículo 14 de la ley.

Asimismo, se estipula que los solicitantes pueden pedir información sin necesidad de justificar sus motivos. Las obligaciones también se extienden a partidos políticos y entidades privadas que manejan recursos públicos. Las empresas e instituciones públicas en competencia deberán distinguir claramente entre la información pública y la que es sensible o confidencial.

En términos de costos, el acceso a la información será gratuito, a menos que se requiera la reproducción de documentos, cuyos costos serán asumidos por el solicitante. La información deberá proporcionarse en formatos accesibles y en un plazo máximo de 10 días hábiles, aunque este plazo puede extenderse si la solicitud es compleja, siempre con la debida justificación.

Para la gestión de la información, se requerirán ciertos datos del solicitante, como nombre, número de identificación, información solicitada y medio de notificación. Además, se prohíbe la negativa a suministrar información pública por motivos de discriminación, asegurando un acceso equitativo para todos.

Alejandro Pacheco, diputado del Partido Unidad Social Cristiano (PUSC), enfatizó la importancia de contar con una legislación marco sobre el acceso a la información pública, recordando que a pesar de múltiples intentos previos, el país carecía de una normativa en este ámbito.

Pacheco mencionó que organismos internacionales como la OEA y la OCDE han destacado la necesidad de contar con leyes que promuevan una mayor transparencia en la gestión gubernamental. También subrayó que la Sala Constitucional ha tenido que abordar este tema de manera aislada, ante la frecuente negativa de las instituciones a proporcionar información pública.

De acuerdo con datos de La Nación, en lo que va del 2024, la Sala Constitucional ha fallado a favor de 459 recursos de amparo por la negativa de acceso a información, un número que supera considerablemente los 294 recursos del año anterior y los 425 de 2022, en contraste con solo 49 fallos en 2020.

El diputado concluyó que la aprobación de esta ley era esencial, especialmente en el actual clima de tensión entre los Poderes del Estado y los medios de comunicación, destacando que no solo fomentará la transparencia administrativa, sino que también garantizará el ejercicio de derechos fundamentales en beneficio de grupos vulnerables como niños, ancianos, mujeres e indígenas.

Fuente: Nación

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