La Sala Constitucional ha declarado sin lugar la acción de inconstitucionalidad interpuesta por los rectores de las cinco universidades públicas de Costa Rica en contra de las modificaciones a los pluses salariales establecidas por la reforma fiscal de 2018, implementada durante el gobierno de Carlos Alvarado Quesada.
El 18 de septiembre, los magistrados consideraron improcedente la acción por razones de admisibilidad, según lo informado por el Tribunal Constitucional. Actualmente, la sentencia se encuentra en proceso de redacción.
A inicios de 2020, los rectores de la Universidad de Costa Rica (UCR), la Universidad Nacional (UNA), el Instituto Tecnológico de Costa Rica (Tec), la Universidad Estatal a Distancia (UNED) y la Universidad Técnica Nacional (UTN) impugnaron las reformas salariales mediante la acción registrada en el expediente 20-002831-0007-CO.
Los jerarcas universitarios argumentaron que la Constitución Política garantiza el régimen autónomo de empleo público en las instituciones de educación superior, lo que, según su criterio, hacía inaplicable la normativa del Ministerio de Planificación (Mideplán) en lo que respecta a los pluses salariales.
La impugnación cuestionó la aplicación del Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635) a las universidades públicas. Este capítulo modificó la Ley de Salarios de la Administración Pública con el fin de controlar el aumento de los pluses salariales. Por ejemplo, se estableció que las anualidades se convertirían en un monto fijo, en lugar de un porcentaje del salario base.
Además, se determinó que para los nuevos contratos de dedicación exclusiva, el incentivo sería del 25% para licenciados y del 10% para bachilleres, en comparación con el 65% y el 20%, respectivamente. También se limitó el período de cesantía en el sector público a un máximo de ocho años.
Asimismo, la acción cuestionó los artículos 1, inciso h) y 3 del decreto ejecutivo 41564-MIDEPLAN-H del 11 de febrero de 2019, que incluyeron a las instituciones autónomas, incluidas las universidades, dentro de la aplicación de las nuevas normas salariales.
Los rectores argumentaron que estas reformas vulneran el régimen de empleo universitario, el cual debe regirse por normativas que respeten su independencia constitucional. Aseguraron que el Poder Ejecutivo había sobrepasado sus atribuciones al regular aspectos que son competencia exclusiva de la Asamblea Legislativa, según la Constitución.
En 2020, Henning Jensen, entonces rector de la UCR, señaló que la presentación de la acción significaba que las universidades quedaban exentas de estas medidas hasta que se resolviera el fondo del asunto en la Sala IV. Sin embargo, el Tribunal aclaró que la aplicación de la norma no se suspendía.
Tras la declaración de la Sala IV, la rectoría de la UCR indicó que no se pronunciaría al respecto, dado que la actual administración no había presentado este recurso y necesitaba más información para ofrecer una respuesta. Además, este centro universitario destacó que ha estado implementando lo establecido en la Ley 9635.
La reforma fiscal fue aprobada en diciembre de 2018 con el objetivo de controlar el creciente déficit fiscal del país y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Fuente: Nación