Ecuador
Este lunes 5 de agosto, el colectivo ciudadano "Defiende tu Voto", liderado por Néstor Marroquín, presentará una solicitud ante la Delegación Electoral de Pichincha para obtener los formularios necesarios para la recolección de firmas que permitan iniciar un proceso de revocatoria de mandato contra el alcalde de Quito, Pabel Muñoz.
El colectivo argumenta que Muñoz ha incumplido con sus obligaciones al apoyar políticamente a Luisa González, excandidata presidencial del movimiento Revolución Ciudadana, durante los comicios anticipados del año pasado, lo cual está prohibido para funcionarios en ejercicio. Según Marroquín, la principal evidencia es una sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) del 24 de abril de 2024, que declaró a Muñoz culpable de esta infracción y lo multó.
La sentencia del TCE se basa en el artículo 278 del Código de la Democracia, que sanciona a cualquier servidor público que, en ejercicio de sus funciones, promueva el voto a favor de una preferencia electoral. La conducta de Muñoz vulneró el principio de igualdad y el derecho al sufragio, según la resolución del TCE.
Marroquín sostiene que la actuación de Muñoz constituye una causal de revocatoria de mandato por incumplimiento de funciones y obligaciones, conforme al artículo innumerado luego del Art. 25 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y el Art. 60 del COOTAD. El colectivo presentará su solicitud este lunes ante el órgano electoral.
Desde el 16 de mayo de 2024, está habilitada la opción de solicitar la revocatoria de mandato para diversas autoridades seccionales, incluyendo alcaldes, prefectos y concejales, quienes asumieron sus funciones el 15 de mayo de 2023. Los artículos 199, 200 y 201 del Código de la Democracia establecen los requisitos y pasos para este trámite.
Los requisitos incluyen la comprobación de la identidad del proponente, la demostración de no estar inhabilitado y la presentación clara de los motivos para la revocatoria, que servirán de base para la recolección de firmas. El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene siete días para admitir o rechazar la solicitud. Si se admite, el CNE entregará los formularios para la recolección de firmas en un plazo de quince días.
La cantidad de firmas requeridas varía según la circunscripción electoral, desde el 25% para áreas con hasta 5,000 electores hasta el 10% para circunscripciones con más de 300,000 electores. Para la revocatoria del presidente de la República se necesita el respaldo del 15% del registro electoral nacional. Los plazos para la recolección de firmas oscilan entre 60 y 180 días, dependiendo del tamaño de la circunscripción.
Una vez entregadas las firmas, el CNE verificará su autenticidad en un plazo de quince días y, si se confirman, convocará al proceso revocatorio en un máximo de sesenta días.
Fuente: El Universo