JCE ratifica prohibición de vallas publicitarias durante la precampaña en RD



República Dominicana

Redacción Sufragio

La Junta Central Electoral (JCE) ha reafirmado su postura en relación al comunicado de admonición que generó controversia entre los líderes de los partidos opositores. A pesar de las afirmaciones de inconstitucionalidad por parte de dichos dirigentes, el órgano electoral ha ratificado su decisión de prohibir a los partidos y aspirantes a cargos electivos llevar a cabo marchas y mítines, así como la instalación de vallas publicitarias durante la precampaña.

A través de la resolución 53-2023, la JCE ha respondido a la solicitud de revisión presentada por los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Dominicano (PRD) y Fuerza del Pueblo. En este comunicado, la Junta Central Electoral reconoce parcialmente las preocupaciones planteadas por estas entidades políticas. Sin embargo, subraya que ciertos aspectos del artículo 44 de la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas no han sido declarados inconstitucionales por ninguna instancia judicial.

La JCE ha señalado que, en virtud de las sentencias del Tribunal Constitucional, acepta la solicitud de las organizaciones políticas en relación a algunos numerales del artículo 44 de la mencionada ley. No obstante, enfatiza que ciertos numerales no han sido declarados inconstitucionales por ningún tribunal. Específicamente, los numerales 1, 2, 3, 5 y 8 del artículo en cuestión mantienen su validez legal.

Esta determinación implica que se mantienen en vigor las restricciones relacionadas con la utilización de espacios públicos para la promoción partidaria. Esto abarca la prohibición de pintar calles, aceras, postes del tendido eléctrico, árboles y cualquier propiedad pública con los colores, emblemas o símbolos de los candidatos o partidos políticos. También se prohíbe la colocación de afiches, vallas, calcomanías, murales y otros medios de publicidad partidaria en lugares públicos, a menos que estén situados en locales de los partidos.

Asimismo, la resolución destaca la importancia de evitar la propaganda que deteriore la estética urbana o cause daños al medio ambiente y los recursos naturales. También se resalta la prohibición de utilizar la imagen de los precandidatos en nombre de entidades públicas o privadas a las que estén asociados.

Cabe mencionar que esta resolución llega tres días después del vencimiento del plazo de 15 días otorgado por la JCE para que los partidos retiraran la publicidad que contravenía las leyes electorales. El comunicado no ofrece una prórroga a este plazo, lo que subraya la importancia de acatar las normativas en materia de publicidad y propaganda política durante el proceso electoral.

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